Mostrando entradas con la etiqueta Agencia Tributaria. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Agencia Tributaria. Mostrar todas las entradas

jueves, 15 de mayo de 2008

Argggggggggggggggggggg


[...Esta exención no se aplicará a los dividendos y beneficios distribuidos por las instituciones de inversión colectiva, ni a los procedentes de valores o participaciones adquiridas dentro de los dos meses anteriores a la fecha en que aquellos se hubieran satisfecho cuando, con posterioridad a esta fecha, dentro del mismo plazo, se produzca una transmisión de valores homogéneos. En el caso de valores o participaciones no admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, el plazo será de un año...]

¡¡¡Socorroooooooooooo!!! ¡Necesito un traductor de Español a Castellano, con conocimientos de economía y que sea bilingüe en ambos idiomas!

http://www.wikio.es